viernes, 3 de julio de 2009

DELITOS Y ARRESTO CIUDADANO.

En la edición virtual del Diario El Peruano se publico el articulo de titulo No legalizará acciones violentas con fecha 03 de Julio del 2009 del cual me permito transcribir los siguientes párrafos :
El arresto ciudadano no está para legalizar acciones violentas que pueda tomar la población, como faltar y atentar contra la dignidad, el cuerpo y la salud, aseveró el viceministro de Justicia, Erasmo Reyna, al explicar la Ley Nº 29372 que adelantó la vigencia de esta facultad prevista en el Nuevo Código Procesal Penal (NCPP).
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“Si se observa que se comete un delito, es en ese momento que la ley permite, sin tener problema alguno, contribuir a arrestar al individuo, utilizando, si fuera necesaria, la fuerza suficiente hasta poder reducirlo”, refirió.
(El artículo completo puede leerlo en la página
www.elperuano.com.pe)
Las declaraciones hechas por el Vice Ministro me parecen adecuadas en relación a la posibilidad de que cualquier ciudadano puede ejercer el arresto ciudadano. Pero quiero resaltar lo consignado en el segundo párrafo que dice Si se observa que se comete un delito. La ley no hace distingo del delito cometido, de tal forma que el cometario es atinado al señalar que, el ciudadano común solo debe de tener claro que la acción u omisión que presencia es un delito, y este se encuentra en facultad para proceder al arresto ciudadano.
Mi duda viene desde varios punto; uno de los que me llamo la atención es si el ciudadano común está en facultad de determinar, si determinada acción u omisión, son delitos. Es claro el caso cuando estamos en presencia de un delito de hurto o robo, o de lesiones, violencia familiar, entre otros. Pero que de aquellos delitos que se hacen comunes a la vista del ciudadano.
Recuerdo que luego de salir de la universidad trabaje en una institución en donde estaban suscritos a Gaceta Jurídica, cada mes llegaban los suplementos con artículos que motivaban la investigación. Uno de ellos, llamo mi atención, se trataba de un artículo escrito por una funcionaria de INDECOPI de la cual no recuerdo el nombre y que a grandes rasgos recuerdo que decía, que en las calle de Lima, por donde ella transitaba en su auto, se le acercaron por la ventanilla a ofrecerle los últimos estrenos de películas, y señalaba que a vista de todos estas personas delinquían y atentaban contra los derechos de autor sin que la policía actuara.
Es cierto, la referencia que hago es vaga y escaza, pero es la clara situación del diario vivir en ciudades en donde los delitos se han vuelto comerciales y prácticamente no son perseguidos por la policía. Este fin de semana, por una avenida me encontré con un señor de edad avanzada que siempre vendía debajo de un puente peatonal algunos artículos de limpieza. Me di con la sorpresa que ahora vende CD de música y películas, y su mercadería no era poca, muy por el contrario, tenía por lo menos unas 10 cajas de productos piratas. Yo, en mi calidad de ciudadano puedo determinar que esta persona está cometiendo un ilícito penal y por tanto estoy facultado a proceder al arresto. Pero, el solo hecho que yo proceda a detener a este sujeto por la comisión del delito, podría ocasionar que los mismos compradores arremetan en mi contra en defensa del vendedor, por desconocer o por consentir este tipo de delitos mal llamados socializados.
Así como este caso, podemos hablar de conductores que incurren en delitos; agresores que en plena vía publica agreden a sus hijos, esposas o esposos; ciudadanos no letrados que se hacen pasar por abogados en las puertas de los Juzgados o Fiscalías, vendedores que comercializan carne en mal estado; contrabandistas, entre otros. Realmente el tema del arresto ciudadano va más lejos de solo contribuir con aquellos delitos de afectación directa o común, es un tema de cultura. Se ha visto por televisión, casos en los que el barrio entero protege a los comercializadores de drogas.
Es momento que el estado, aprovechando este norma, y extienda una campaña de concientización social y consolidación de valores. Tenemos la obligación de contribuir a generar ciudades libres de delincuencia y dejar de lado la mal llamada socialización de delitos, que no es otro cosa que el consentimiento y por tanto la complicidad de los ciudadanos, que por el tema de ser conveniente (menores costos, ahorro), permitidos la convivencia con actos delictivos.

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